Seguros de Vida Individual

ProvinFlex

Empiece a construir el futuro que usted y los suyos necesitan

Cobertura Adaptable

USTED ELIGE ENTRE 3 ALTERNATIVAS
PROVINFLEX A
  • Fallecimiento por enfermedad o accidente.
PROVINFLEX B
  • Fallecimiento por enfermedad o accidente.
  • Indemnización adicional por el 100% del capital asegurado original en caso de fallecimiento por accidente. (1)
  • Pérdidas Parciales por Accidentes
PROVINFLEX C
  • Fallecimiento por enfermedad o accidente.
  • Indemnización adicional por el 100% del capital asegurado original en caso de fallecimiento por accidente. (1)
  • Pérdidas Parciales por Accidentes
  • Indemnización adicional de otro 100% del capital asegurado original en caso de fallecimiento en accidente de tránsito. (1)
  • Adelanto del 20% del capital inicial en caso de diagnóstico de enfermedades graves. (1)
CAPITALES
  • Monto suscripto, con adicional por fallecimiento de $ 2.000
CUOTAS Y AHORRO
  • Cuotas mensuales a elección, con importes fijos.
  • Además cuenta con la posibilidad de acceder a un fondo disponible.

Beneficio adicional

  • Seguro de Vida en caso de fallecimiento en concepto de ayuda para gastos de de sepelio (2) (3):
Titular $ 15.000 (4)
Cónyuge $ 15.000 (4)
Hijos $ 15.000 (4) (5)

Nuestros beneficios de siempre

  • Cobertura garantizada
  • Libre elección de Beneficiarios
  • Primas de riesgo deducibles del Impuesto a las Ganancias
  • Débito automático en Caja de Ahorro, Cuenta Corriente y principales Tarjetas de Crédito
  • El respaldo de una empresa del Grupo Provincia

(1) Las indemnizaciones por cláusulas adicionales tienen un tope de $250.000 y no incluye el monto de $ 2.000 adicionales por fallecimiento.
(2) Contratado con Provincia Seguros S.A.
(3) Carencia de 3 (tres) meses con primas pagas, salvo accidente.
(4) Se reconocerá un solo capital independientemente de las pólizas vigentes.
(5) Desde el nacimiento con vida hasta los 21 años de edad, independientemente de la cantidad de hijos, no estableciéndose límite de edad para el aseguramiento de los hijos incapacitados a cargo el titular.

Este seguro se otorga de acuerdo a las condiciones del Plan de Seguro aprobado por la Superintendencia de Seguros de la Nación por proveído nº 92.656 que puede ser consultado en dicho organismo de control de la actividad aseguradora.